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Aquí encontrará todos los documentos digitalizados del Concejo de Rafaela.

Ordenados de los más recientes a los más antiguos
Ordenanza Nº 4991 - Acéptese y agradécese la donación efectuada por el Señor Gustavo Javier Fruttero
Acéptese y agradécese la donación efectuada por el Señor Gustavo Javier Fruttero Apoderado de la Firma Loteo Plaza S.A. de una (1) fracción de terreno propiedad de la firma ubicada en parte de la Concesión 205 de esta Ciudad,
Ordenanza Nº 4990 - Acéptese y agradécese la donación efectuada por los Señores Roberto David Caporallini, Ana Dominga Caporallini y Elisa Epifanía Yennerich
Acéptese y agradécese la donación efectuada por los Señores Roberto David Caporallini, Ana Dominga Caporallini y Elisa Epifanía Yennerich, de una (1) fracción de terreno de su propiedad, para ser destinada al ensanche de calle colectora paralela a la Ruta Nacional Nº 34 ubicada en parte de las Concesiones 342-358 de la ciudad de Rafaela, la que según croquis de Plano de Mensura elaborado por el Ing. Héctor Mónaco, obrante en f. 4 del expediente de referencia, se identifica y cuenta con las medidas lineales y de superficie que a continuación se detallan: Con destino al ensanche de calle colectora paralela a la Ruta Nacional Nº 34: Lote 1 (Políg. ABCDA): Partiendo desde el punto A y en dirección al sureste se miden 8,19 metros, puntos AB; desde este último punto y en dirección al sur se miden 131,70 metros, puntos BC; desde este último punto y en dirección al oeste se miden 4,00 metros, puntos CD; y desde este último punto y en dirección al norte se miden 138,88 metros, puntos DA; cerrando así el polígono y delimitando una superficie total de 542,23 m².
Ordenanza Nº 4989 - Acéptese y agradécese la donación efectuada por la Firma Envases S.A
Acéptese y agradécese la donación efectuada por la Firma Envases S.A, de una (1) fracción de terreno su propiedad, para ser destinada a la apertura de calle F. Fader, ubicada en parte de la Concesión 315 de la ciudad de Rafaela, la que según croquis de mensura obrante en f. 6 del expediente de referencia, se identifica y cuenta con las medidas lineales y de superficie que a continuación se detallan: Con destino a apertura de calle F. Fader: Lote C (Políg. I-II-III-IV-V-VI-VII-VIII-IX-X-I): Partiendo desde el punto I y en dirección al sureste se miden 76,51 metros, puntos I-II; desde este último punto y en dirección al este se miden 355,02 metros, puntos II-III; desde este último punto y en dirección al noreste se miden 50,84 metros, puntos III-IV; desde este último punto y en dirección al sur se miden 21,34 metros, puntos IV-V; desde este último punto y en dirección al suroeste se miden 14,80 metros, puntos V-VI; desde este último punto y en dirección al este se miden 10,40 metros, puntos VI-VII; desde este último punto y en dirección al sur se miden 19,00 metros, puntos VII-VIII; desde este último punto y en dirección al oeste se miden 391,85 metros, puntos VIII-IX; desde este último punto y en dirección al noroeste se miden 75,40 metros, puntos IX-X; y desde este último punto y en dirección al norte se miden 15,19 metros, puntos X-I; cerrando así el polígono y delimitando una superficie total de 7.593,53 m².
Ordenanza Nº 4988 - Declárase Proyecto Especial a la actividad de elaboración de alimentos balanceados que la Firma AVICO S.R.L.
Declárase Proyecto Especial a la actividad de elaboración de alimentos balanceados que la Firma AVICO S.R.L. desarrolla en el inmueble sito en calle Montes de Oca N.° 1557 e identificado en el catastro municipal bajo el N.° 1295.
Resolución N.º 2348
Resolución N.º 2347
Resolución N.º 2346
Ordenanza Nº 4987 - Condónase la deuda vencida del Obispado de Rafaela
Condónase la deuda vencida y exímase del pago de las cuotas no vencidas que pesan sobre el inmueble propiedad del Obispado de Rafaela, identificado como Lote 11 de la Concesión N.º 406, Catastro Municipal N.º 23406, correspondiente a la Obra 145 - PAVIMENTO y CLOACAS de los Barrios Villa Los Álamos y Villa Aero Club de Rafaela.
Ordenanza Nº 4986 - Declárase de Interés Público y Sujeta a Expropiación las fracciones de terreno ubicadas en la esquina Sur Este y con frente a calles Belgrano y 9 de Julio de la ciudad de Rafaela
Declárase de Interés Público y Sujeta a Expropiación las fracciones de terreno ubicadas en la esquina Sur Este y con frente a calles Belgrano y 9 de Julio de la ciudad de Rafaela, adquiridas mediante Escritura Pública N.º 594 de fecha 27 de Diciembre de 2007, dominio inscripto bajo el N.º 7296, Folio 474, Tomo 449 Par, de fecha 24 de Enero de 2008 del Registro General y conforme minuta N.º 59392 de fecha 9 de Junio de 2011, se toma razón al margen de la inscripción antes citada de la aceptación realizada por parte de la firma Plaza Recova S.A., correspondientes a los lotes y medidas que a continuación se describen:
Ordenanza Nº 4985 - Iniciativa Popular para la presentación de proyectos de Ordenanza ante el Concejo Municipal
Los ciudadanos de Rafaela tienen derecho de Iniciativa Popular para la presentación de proyectos de Ordenanza ante el Concejo Municipal de la Ciudad de Rafaela.
Declaración N.º 276 - Felicitar y agradecer a los participes de la múltiple ablación de órganos
Felicitar y agradecer a los participes de la múltiple ablación de órganos.
Resolución N.º 2345 - Rechácese totalmente el veto propuesto por el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante el Decreto N.º 47349 a la Ordenanza N.º 4964
Rechácese totalmente el veto propuesto por el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante el Decreto N.º 47349, a la Ordenanza N.º 4964, que modificó el Código de Tránsito.
Resolución N.º 2344
Resolución N.º 2343
Ordenanza Nº 4984 - Créase el Plan de Educación Intergeneracional
Créase el Plan de Educación Intergeneracional a implementarse en los Jardines Municipales de la Ciudad de Rafaela a partir del ciclo lectivo 2019.
Ordenanza Nº 4983 - Refrendar la Resolución Nº 12.566 de fecha 25 de Julio de 2018
Refréndase la Resolución Nº 12.566 de fecha 25 de Julio de 2018 por la cual se dispuso la prohibición de estacionamiento de vehículos en general frente al Departamento de Trata de Personas y Violencia de Género - Región V, ubicado en calle Reconquista Nº 636, por un tramo de veintidós metros (22 m.) ubicado sobre el cordón sur, contando desde la finalización de la ochava de calle Víctor Manuel hacia el este, con reserva exclusiva de estacionamiento para vehículos Oficiales.
Ordenanza Nº 4982 - Nuevo convenio entre la Municipalidad de Rafaela y la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe
Autorízase la formalización del Convenio que como Anexo I forma parte de la presente, entre la MUNICIPALIDAD DE RAFAELA y la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD DE SANTA FE, a través del cual esta última se compromete a elaborar mil quinientas (1500) toneladas de concreto asfáltico que la Municipalidad destinará a tareas que se ejecutarán en la vía pública dentro del ejido municipal, aportando la Municipalidad los materiales necesarios para ese fin, proveyendo además el Municipio como contraprestación por la mano de obra y utilización de equipos para dicha elaboración, los materiales áridos gruesos, finos, asfalto, IFO y gas oil que se estipulan en el mismo acuerdo conforme surge del Anexo II a la presente.
Ordenanza Nº 4981 - Adherirse a la Ley Provincial Nº 12.967
Adhiérase en el ámbito de la Ciudad de Rafaela, a La Ley Provincial N.º 12.967, de Promoción y Protección Integral de los Derechos Niños, Niñas y Adolescentes.
Resolución N.º 2342
Resolución N.º 2341
Resolución N.º 2340
Resolución N.º 2339
Ordenanza Nº 4980 - Obra Pavimentación de calzadas en distintos barrios de la ciudad
Declarar como susceptible de recuperación mediante contribución de mejoras al proyecto Pavimentación de calzadas en diversos barrios de la ciudad.
Ordenanza Nº 4979 - Modificar valor de la UCM
Apruébase el nuevo valor propuesto por el Departamento Ejecutivo Municipal para la Unidad de Cuenta Municipal establecido en el Art. 31.º de la Ordenanza N.º 4908; el que se fija en la suma de Pesos Uno con Treinta ($ 1,30), a excepción de la TGI, para cuyo cálculo se fija la UCM en la suma de Uno con Veinticinco ($ 1,25), y se aplica a partir del 01 de Julio de 2018.
Ordenanza Nº 4978 - Modifícase el artículo 5.º de la Ordenanza N.º 4.202
Modifícase el artículo 5.º de la Ordenanza N.º 4.202, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Art. 5.º). No obstante, lo dispuesto en los artículos precedentes se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
Los tendidos de Media Tensión a realizarse en áreas de actividades económicas y de restricción habitacional quedan exceptuados de la obligación de ejecutarse de manera subterránea pudiendo optar por la forma aérea. Asimismo, podrán ejecutarse en dichas áreas, subestaciones transformadoras aéreas en la vía pública.
En zonas rurales y complementarias los tendidos de Media Tensión podrán ejecutarse provisoriamente en forma aérea hasta tanto se urbanice el sector, momento en el cual los propietarios y/o desarrolladores de la urbanización deberán bajar a la forma subterránea, eliminando del espacio aéreo, dicho tendido. En estos casos no se otorgarán los finales de obras hasta tanto se concreten las obligaciones antes enunciadas, lo cual no actuará en perjuicio de aplicar las multas que el Departamento Ejecutivo Municipal considere pertinente estableciéndose como parámetros, según la gravedad del incumplimiento, una sanción equivalente de 100 (cien) a 350 (trescientos cincuenta) U.M. Municipal.
Ordenanza Nº 4977 - Acceso al agua potable como bebida en lugares cerrados con alta concentración de personas
La presente Ordenanza tiene por objeto instituir en la ciudad de Rafaela el acceso al agua potable como bebida en lugares cerrados con alta concentración de personas.
Ordenanza Nº 4976 - Sistemas de Alarmas Comunitarias
Créase el Programa Municipal de Alarmas Comunitarias como herramienta de Seguridad Urbana, para promover la difusión e instalación de Sistemas de Alarmas Comunitarias en los distintos sectores de la ciudad donde los vecinos lo soliciten, cuyo costo correría a cargo de los mismos.
Ordenanza Nº 4975 - Suspéndase hasta el 31 de diciembre de 2018, todo incremento en la remuneración de la retribución mensual
Suspéndase hasta el 31 de diciembre de 2018, todo incremento en la remuneración de la retribución mensual percibida por el Intendente Municipal, Jefe de Gabinete, Secretarios Municipales, Subsecretarios Municipales, demás Funcionarios del Gabinete Municipal y Entes Autárquicos, y dietas de los Concejales Municipales, Secretario y Prosecretario del Concejo Municipal.
Ordenanza Nº 4974 - Contrato para docentes de jardines Municipales
Todo personal docente que ingrese a desempeñar labores educativas en los niveles iniciales municipales deberá ser contratado bajo las disposiciones enumeradas en la Ley Provincial N.º 9286, y bajo ningún concepto podrá contratarse encuadrado bajo la modalidad de monotributo, otorgándole desde el momento de su incorporación todos los derechos y beneficios establecidos en dicha norma.
Resolución N.º 2338
Resolución N.º 2337
Resolución N.º 2336
Ordenanza Nº 4973 - Compra de Un Vehículo Tipo Utilitario Nuevo -0 KM
Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, en los términos previstos por el artículo 11.° de la Ley Provincial N.° 2756 "Orgánica de Municipalidades", y por el artículo 48.° inciso a) del Decreto-Ordenanza N.° 3090 la contratación directa para la compra de Un Vehículo Tipo Utilitario, Nuevo -0 KM-, de última serie de fabricación, Año 2018, para ser destinado al Departamento Planificación y Control de Protección Vial y Comunitaria, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Ciudadanía; más allá de los límites dispuestos por la Ordenanza N.º 4756.
Ordenanza Nº 4972 - Modifíquese la Ordenanza N.º 3265
Modifíquese la Ordenanza N.º 3.265, en su artículo 2º, que quedará redactado de la siguiente manera: Art. 2.º) Impónese el nombre Patio de las Artes: Ernesto Fertonani a la fracción de terreno descripta en el artículo 1.º)
Resolución N.º 2335
Ordenanza Nº 4971 - Ventas de bienes Inmuble Municipales
Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la venta mediante los mecanismos de contratación legalmente dispuestos, determinando las condiciones que regirán la misma y el momento en que podría realizarse, de los siguientes terrenos del dominio privado del estado local: 1- Catastro N° 34.669 - Concesión N° 373 - Lote N° 10 - Manzana S 2- Catastro N° 34.670 - Concesión N° 373 - Lote N° 11 - Manzana S 3- Catastro N° 34.671 - Concesión N° 373 - Lote N° 12 - Manzana S 4- Catastro N° 34.672 - Concesión N° 373 - Lote N° 13 - Manzana S 5- Catastro N° 32.852 - Concesión N° 405-406 - Lote N° 1 - Manzana 2 6- Catastro Nº 35.671 - Concesión Nº 405-406 - Lote Nº 2 - Manzana 2 7- Catastro N° 34.191 - Concesión N° 313 - Lote N° 3 - Fracción C 8- Catastro N° 34.229 - Concesión N° 286 - Lote N° 28 - Fracción B 9- Catastro N° 34.230 - Concesión N° 286 - Lote N° 29 - Fracción B
Ordenanza Nº 4970 - Refréndase en todos sus términos el Decreto Municipal N.º 47.206
Refréndase en todos sus términos el Decreto Municipal N.º 47.206, ratificatorio de la Addenda al Contrato de Adjudicacelebrada entre la Municipalidad de Rafaela y la Firma EME CONSTRUCCIONES S.R.L., en fecha 16 de mayo de 2018.
Ordenanza Nº 4969 - Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer a título gratuito a favor de la "Asociación Club de Leones Rafaela", de una fracción de terreno
Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer a título gratuito a favor de la "Asociación Club de Leones Rafaela", de una fracción de terreno ubicada en parte de la Concesión doscientos noventa y tres (293), que según el Plano de Mensura y Subdivisión inscripto en el SCIT - Dirección Topocartográfica de Santa Fe bajo el Nº 207.156, se identifica como LOTE 1 (Polig. ABFEA) con una superficie de 2.511,15 m2.
Resolución N.º 2333
Resolución N.º 2332
Resolución N.º 2331
Resolución N.º 2330
Resolución N.º 2329
Resolución N.º 2328
Ordenanza Nº 4968 - Los propietarios del Barrio Brigadier López, afectados por la Obra de Desagües Cloacales y la Obra de Repavimentación y Pavimentación
Los propietarios del Barrio Brigadier López, afectados por la Obra de Desagües Cloacales y la Obra de Repavimentación y Pavimentación, quedan obligados al pago de su costo total, de la siguiente manera: a). PAGO ANTICIPADO: Se considerará pago anticipado al que efectúe el contribuyente afectado por las obras de contribución por mejoras en forma previa al inicio de las mismas. De la liquidación total de las obras se podrá abonar en forma anticipada hasta un Treinta y Tres con Treinta y Tres (33,33 %) por ciento y únicamente en diez (10) cuotas iguales, mensuales y consecutivas. El valor total de las obras será calculado conforme a los costos que se encuentren vigentes al iniciarse el pago de la primera cuota. b). PAGO CONTADO: Los contribuyentes solo podrán optar por esta forma de pago, luego de haberse determinado la realización de la obra, con sus costos y liquidación definitivos. Se entiende por pago contado cuando el contribuyente efectiviza el pago total de la respectiva liquidación definitiva que se envíe, la que será calculada con costo vigente a la fecha de vencimiento de la misma. El vencimiento para pago contado coincidirá con el de la primera cuota del pago financiado. c). PAGO FINANCIADO: Los contribuyentes solo podrán optar por esta forma de pago, luego de haberse determinado la realización de la obra, con sus costos y liquidación definitivos. El valor de las obras según el porcentaje que reste abonar de la liquidación total de los contribuyentes por mejoras detalladas en los artículos 5.º y 9.º, una vez finalizado el plazo o período de pago anticipado fijado en el inciso a) precedente, será calculado según los costos de las mismas vigentes al iniciarse el pago de la primera cuota del Pago Financiado, el que será abonado en Veinte (20) cuotas mensuales y consecutivas. El valor de las unidades tributarias que determinen el valor de la cuota de la contribución por mejoras previstas en el artículo 5.º así como el valor de las cuotas que determinan el de la contribución por mejoras estipulada en el artículo 9.º, será redeterminado con una periodicidad cuatrimestral, considerando el costo de la obra vigente al momento de efectuar el recalculo. El Municipio podrá aceptar pagos adelantados de cuotas, los que serán imputados a las últimas del Plan.
Resolución N.º 2327
Resolución N.º 2326
Ordenanza Nº 4967 - Cursos de Primera Asistencia y Reanimación Cardiopulmonar (RCP)
La Municipalidad de Rafaela, procederá a través de las áreas competentes a dictar cursos de Primera Asistencia y Reanimación Cardiopulmonar (RCP), a los administradores, trabajadores, colaboradores, cocineros que se desempeñen en los comedores escolares, merenderos y copas de leche.