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Aquí encontrará todos los documentos digitalizados del Concejo de Rafaela.

Ordenados de los más recientes a los más antiguos
Ordenanza Nº 4960 - Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a la ejecución de la obra de pavimento urbano en las siguientes calles de la ciudad
Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a la ejecución de la obra de pavimento urbano en las siguientes calles de la ciudad, según el sistema constructivo que se especifica: Pavimento de Hormigón: pavimento de hormigón sin armar de 15 centímetros de espesor, con barras de unión y pasadores, sobre base de arena y sub-rasante de suelo compactado: MONTE DE OCA entre Las Colonias y L. Marechal 3 cuadras 14 de JULIO entre Rincón y Continuación Campoamor 1 cuadra D. SILVA entre Rincón Continuación Campoamor 1 cuadra RAMÓN Y CAJAL entre Rincón y Aconcagua 2 cuadras ACONCAGUA entre Av. Brasil y Ramón y Cajal 3 cuadras J. B. JUSTO entre Cdad. de Sunchales y A. Lincoln 2 cuadras
Ordenanza Nº 4959 - Convenio con Municipalidad sobre obra pavimentación Conc Nº 315
Apruébase la formalización del Convenio que como Anexo I forma parte integrante de la presente, entre la Municipalidad de Rafaela y el Instituto Municipal de la Vivienda, para la ejecución de la obra de pavimento de hormigón de 15 cm de espesor con cordones integrales, juntas y pasadores en Calle 1 entre Av. Actis y Calle 3, Calle 3 entre Calle Sin Nombre y Calle F. Fader y Calle 2 entre Calle 1 y Calle Río Negro (Anexo II) de la ciudad de Rafaela.
Ordenanza Nº 4958 - Instalación de cámaras con aplicación online para geriatricos, Jardines, Centro de día.
Los Jardines maternales, geriátricos, hogares, centros de día y lugares en los cuales se preste el servicio de albergue, atención y cuidado permanente o temporario de personas, deberán instalar, poner y mantener en funcionamiento en forma obligatoria equipos y herramientas tecnológicas que permitan el monitoreo permanente de las dependencias utilizadas para el cumplimiento del tales servicios, incluyendo el ingreso y egreso de personas a las mismas, siendo tal exigencia una condición previa a la habilitación de los establecimientos.
Ordenanza Nº 4957 - Personería jurídica a PUNTO GOB S.A., con la aprobación del Estatuto Societario.
Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer como aporte de capital a PUNTO GOB S.A., del inmueble identificado como Catastro N.º 35.573, que se describe como una fracción de terreno baldío que se individualiza como Lote 6 de la Manzana I del Parque de Actividades Económicas de Rafaela, teniendo treinta y cinco metros en su frente al Sur, desde la esquina sudoeste hacia el este, por igual contrafrente al Norte, midiendo 48,50 metros en sus lados Este y Oeste, encerrando una superficie total aproximada de 1600,50 metros, lindando en su frente al Sur con calle Arturo Frondizi, en su contrafrente Norte con el Lote 1 de la misma manzana, Catastro N.º 31.660, en su costado Oeste con calle J. López Caula y en su costado Este con el Lote 5 de la misma manzana antes mencionada, Catastro N.º 35.572; y que se encuentra inscripto en el Registro General al N.º 49.202, Folio 1021, Tomo 381 Par del Departamento Castellanos.
Resolución N.º 2320
Resolución N.º 2319
Ordenanza Nº 4956 - Eximir de la Tasa a escuela de boxeo Dogobox y al Club A. Estudiantes
Eximir a la Escuela de Boxeo Dogobox y al Club Atlético Estudiantes de Rafaela del pago de la Tasa regulada por la Ordenanza Tributaria Nro. 4908, Artículo 125, inc. 6. e., para el evento a realizarse el viernes 11 de mayo de 2018 en dicho club, ante la solicitud de alquiler de escenarios, mediano (9 x 5 metros), chico (4,5 x 5 metros) y tribuna (pro módulo).
Ordenanza Nº 4955 - Modulo Polivalente Sustentable
Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar un Módulo Polivalente Sustentable en el espacio público de la ciudad que este defina, pudiendo asimismo disponer su traslado siguiendo las recomendaciones y condicionantes que el área técnica competente de la Municipalidad de Rafaela disponga
Ordenanza Nº 4954 - Modifica Ordenanza que regula el funcionamiento del CAEPAM
Modifícase el Artículo 3 de la Ordenanza N.° 4931, el que quedará redactado de la siguiente manera: Art. 3º) La Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales tendrá las siguientes categorías de socios:
a) Titulares: los agentes municipales de planta permanente, contratados, sus entes autárquicos u organismos descentralizados, funcionarios y concejales de la ciudad de Rafaela.b) Adherentes Jubiladosc) Adherentes comunales
Resolución N.º 2318
Ordenanza Nº 4953 - Modificar artículo 1º y 4º de la Ordenanza Nº 4940 (productos de limpieza)
Modifíquese el artículo 1 de la Ordenanza N.º 4.940, que quedaráredactado de la siguiente manera: Art. 1.º) Establécese la obligatoriedad para todos los comercios expendedores de productos de limpieza fraccionados en envases descartables de retirar la etiqueta comercial del recipiente que será utilizado a los fines del fraccionamiento y, en su lugar, colocar un rótulo que indique claramente el producto allí contenido y su composición, con transcripción del texto del rótulo del producto original que se fracciona, conforme las exigencias previstas en la normativa nacional y provincial vigente en la materia, a fin de evitar toda confusión con otros productos de diferentes características.
Resolución N.º 2317
Resolución N.º 2315
Resolución N.º 2314
Ordenanza Nº 4952 - Prohibir areneros en espacios públicos y privados
Prohíbanse los areneros en todos los espacios verdes, públicos y privado con acceso público de la ciudad de Rafaela.
Ordenanza Nº 4951 - Erigir en el cementerio un monolito: Ref: caídos en Malvinas
Dispóngase de un sitio en el Cementero Municipal, en el cual se erigirá un monolito dedicado a los caídos en Malvinas del Departamento Castellanos.
Resolución N.º 2313
Resolución N.º 2312
Ordenanza Nº 4950 - Condonar deuda obra Nº357 (Iluminación Barrio 9 de Julio) a la Escuela Nº 428
Condónase la deuda vencida y exímase del pago de la Obra N.° 357, ILUMINACIÓN Bº 9 DE JULIO, del Catastro N.º, 11934 propiedad de la Asoc. Cooperadora de la Escuela Nº 482 "Manuel Belgrano" ubicado en la Concesión N.° 263 M 30 Lote 4.
Ordenanza Nº 4949 - Justificar inasistencia, licencia especial Ref: violencia contra la mujer.
La licencia se otorga por un plazo de tres (3) días hábiles, con goce de sueldo, no requiriéndose un mínimo de antigüedad en el cargo y sin que sea causal de la pérdida del suplemento Presentismo.
Ordenanza Nº 4948 - Adhierase la Municipalidad de Rafaela a la Ley Provincial Nº 13190
Créase el Plan Integral de Celiaquía con el propósito de generar un registro georeferenciado de personas con diagnóstico de celiaquía y comercios expendedores y elaboradores de alimentos libre de TACC, que será voluntario, con el objetivo de contribuir a la educación, información, concientización y difusión de la problemática a ciudadanos en general y celíacos en particular.
Resolución N.º 2311
Resolución N.º 2310
Resolución N.º 2309
Resolución N.º 2308
Resolución N.º 2307
Resolución N.º 2306
Resolución N.º 2305
Ordenanza Nº 4947 - Modificación Ordenanza Nº 4742
Modifíquense los artículos 2.° y 3.° de la Ordenanza N.° 4.742, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: "Art. 2.º) Asimismo, autorízase la construcción de LOCALES HABITABLES mediante contenedores para todas aquellas actividades relacionadas con usos comerciales, administrativos y de servicios. Estos locales deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento de Edificación y debiendo tener una medida lineal mínima de 2,20 mts. por lado. Art. 3.º) En el caso de predios privados y para su aprobación, el interesado deberá presentar ante las oficinas municipales correspondientes, croquis a escala de los mismos, indicando: accesos, separación por sexo de baños en caso de ser necesario, instalación eléctrica, instalación de agua y desagües, proyecto de Prevención de Incendios, ubicación en el predio y cualquier otro requisito que el área técnica crea conveniente solicitar.
Ordenanza N.º 4946 - Incorporar articulo Nº6 de la Ord Nº 4778 Ref: dialogo entre el DEM y el Concejo
Incorpórase al artículo 6.° de la Ordenanza N.°4778 el inciso 12), el que quedará redactado de la siguiente manera: 12) Concurrir a sesión informativa ante el Concejo Municipal en la última semana del mes de mayo y la última de Octubre para informar sobre la marcha del gobierno. Con una anticipación no inferior a siete (7) días hábiles, hará llegar a los cada uno de los Concejales, a través del Presidente del Concejo Municipal, un escrito con los temas a exponer. Los Concejales presentarán, a través de la Presidencia del Concejo Municipal, en el término de dos (2) días hábiles, contados a partir de la recepción del temario, los requerimientos, informes y ampliaciones que consideren oportunos, todos los cuales serán evacuados en la sesión de que se trate, los cuales podrán hacer referencia también a otras temáticas ajenas al informe que debe presentar el funcionario. Podrá asistir acompañado de las y los secretarios del Departamento Ejecutivo Municipal que considere convenientes, disponiendo dos horas para exponer su informe y contestar los requerimientos, informes y ampliaciones, que por escrito hayan solicitado cada uno de los Concejales. A continuación, los concejales podrán solicitar aclaraciones o ampliaciones y podrán formularse repreguntas, siempre sobre las temáticas que se expresaron por escrito. El Jefe de Gabinete se encontrará facultado para solicitar, en cada caso, breves cuartos intermedios a efectos de ordenar las respuestas. Cuando la naturaleza y la complejidad del asunto lo requieran, podrá responder por escrito dentro de los cinco días hábiles posteriores a la sesión.
Resolución N.º 2304
Resolución N.º 2303
Resolución N.º 2302
Resolución N.º 2301
Ordenanza Nº 4945 - Modificar artículos 58 y 59 Ordenanza Nº 2969. Ref: código de transito.
Modifíquense los Arts. 58 y 59 de la Ordenanza 2.969, los quedarán redactados de la siguiente manera: Art. 58.º) Fuentes de Información: El Registro Municipal de Estadísticas Accidentológica podrá recabar su información de las siguientes fuentes: De Policía Municipal, y los Juzgados Municipales de Faltas. De la Policía de la provincia de Santa Fe. De la Delegación de la Policía Federal Argentina. De los Juzgados Provinciales en la Penal, Correccional, De Faltas y Tribunales con competencia en causas relacionadas a los accidentes de tránsito. De los Juzgados Municipales de Faltas de cualquier Jurisdicción. De las Compañías de Seguros a quienes se invitará a suscribir acuerdos al efecto. De los Centros de Emergencia. De la Guardia Urbana Rafaelina. Art. 59.º) Divulgación de la Información: El Registro Municipal de Estadísticas Accidentológicas clasificará los accidentes conforme a los lugares de su producción, las edades promedias de los conductores involucrados, características de los vehículos envistientes, grado de perjuicio ocasionado y todo otro criterio o dato que fuere relevante. Divulgará cada seis meses sus estadísticas en la página web de la Municipalidad de Rafaela y demás medios que aseguren su debida difusión. Funcionará en forma coordinada con el Registro Nacional de Accidentes de Tránsito.
Ordenanza Nº 4944 - Campaña No Compre Robado
Crease el Programa NO COMPRE ROBADO, para desalentar la compra de bienes presuntamente provenientes de origen delictivo.